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NUEVA NORMATIVA DE EPIS

Los epis están diseñados para conseguir minimizar las consecuencias de los riesgos a los que nos exponemos en el trabajo.  Hasta ahora, la Directiva donde se establecían los requisitos que deberían de cumplir los EPIS era la Directiva 89/686/CEE. El nuevo Reglamento (UE) 2016/425 sustituye a esa directiva y deroga R.D 1407/92. 

El Reglamento nuevo fue publicado el 31 de marzo de 2016 en el Diario Oficial de la Unión Europea. Ha entrado en vigor el 21 de abril de este mismo año.

 El obejtivo de este Reglamento es mejorar las deficiencias e incoherencias de los productos incluidos como EPI, así como armonizar los requisitos de salud y seguridad en todos los Estados miembros. 

Una de las novedades del nuevo Reglamento está en la categorización del riesgo. Se mantienen las 3 categorías pero incrementan los riesgos incluidos en la Categoría III. La otra novedad es que la normativa es aplicable a todo tipo de EPI y no diferencia entre EPI de uso privado o de uso profesional. También hace mención a los EPIS empleados en deportes. 

 

RESPONSABILIDADES

Hasta ahora solo estaba definida la responsabilidad del fabricante pero a partir de ahora, de los EPIS que circulan por la Unión Europea, se identifican el fabricante, el importador y el distribuidor de los mismos y se identifican sus responsabilidades.  

La responsabilidad del fabricante consiste en hacer una evalución de los riesgos de los usos previstos y previsibles y del nivel de protección que dará. La del importador es asumir las responsabilidades del fabricante al introducir EPIS en la Unión Europea de otros países y tendrá que estar identificado en el producto con su nombre o marca y dirección postal. La responsabilidad del distribuidor es controlar que los EPIS estén en conformidad con la ley, para esto tendrá que conocer a la perfección el producto que vaya a distribuir.

 

PLAZOS DE APLICACIÓN

 

Este Reglamento entró en vigor en el año 2016, aunque no se empezó a aplicar hasta el 21 de abril de 2018 en todos los Estados miembros. En este momento la normativa anterior ya ha quedado derogada. 

Hasta el 21 de abril de 2019 se podrán poner a la venta EPIS según la normativa derogada.

El 21 de abril de 2023 es la fecha en la que todos los certificados CE de Tipo que no hayan caducado aún, perderán su validez. Si un EPI se ha puesto en el maercado con la normativa antigua antes del 21 de abril de 2019, podrá seguir comercializándose hasta abril del año 2023. 

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